jueves, 10 de enero de 2013

PALCO MUNICIPAL EN EL ESTADIO NACIONAL.



El 10 de Abril del 2012 presenté una moción a la que todavía no se le ha dado trámite donde el Concejo Municipal de San José Acuerda ordenar al “Señor Auditor Lic. Israel Barrantes a que revise la legalidad y oportunidad de la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional Suscrito entre la Municipalidad de San José y el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación el 1 de febrero del 2011; las obligaciones adquiridas por las partes y el uso por parte de autoridades municipales del Palco Municipal; así como se haga extensiva la investigación a efecto de determinar si la disponibilidad de recursos materiales y humanos del municipio se hizo acorde con el bloque de legalidad pertinente”.  Esa moción a pesar de estar presentada no ha sido sometida a discusión en el seno del Concejo, sin embargo…

En la Sesión Ordinaria 141 del pasado martes 8 de enero del 2012, se conoció un documento de la Auditoria Municipal denominado “Servicio de Advertencia. Uso del Palco Municipal del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre la Municipalidad de San José y el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación” que en su párrafo segundo indica “…De lo anterior, se determina la carencia de dispositivos o mecanismos de control para el uso de los palcos municipales, los cuales ascienden a la cantidad de 14 espacios y que por su naturaleza podrían tener valor comercial y en ocasiones dependiendo del evento los montos pueden ser considerables…”.

Y en su párrafo cuarto indica “…Igualmente, es importante hacer de conocimiento de la Administración Municipal que la Municipalidad está recibiendo como contraprestación de lo aportado un beneficio para autoridades municipales, por lo cual la Asesoría Legal de este Despacho manifiesta que esta contraprestación no genera una satisfacción del interés público, no crea una manifestación de igualdad por cuanto el palco es de uso exclusivo de autoridades del ayuntamiento capitalino, además de que tal accionar no beneficia los objetivos propios de esa Municipalidad y se podría estar ante un incumplimiento de lo establecido en el artículo N°3 de la ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública…”.

Ahora la pregunta es ¿Cuales autoridades Municipales han usado durante más de un año el palco municipal del Estadio Nacional?

A continuación el documento de la Auditoria:




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