lunes, 5 de agosto de 2013

Nulidad en nombramiento ilegal de ex-jefe de Mejoramiento de Barrios en Comité Cantonal de Deportes de San José

Fotografía Tomada por Gilberto Luna, Publicada en un Perfil del PLN de Facebook,
y distribuida en forma impresa al Concejo Municipal. De frente Johnny Araya, el
Concesionario del Redondel Roberto Camacho y detrás de ellos Victorino Venegas Sibaja,
en la fiesta de cumpleaños de la madre del señor Camacho. 



































El pasado martes 30 de julio del 2013, siguiendo un procedimiento absolutamente nulo, algunos regidores cuyos nombres no puedo mencionar porque la moción desapareció del Concejo Municipal. Presentaron una moción leída por la Presidenta Municipal Sonia Zamora Bolaños para nombrar a Victorino Venegas Sibaja ex Jefe de Mejoramiento de Barrios y a Jetty Picado Morales también funcionaria de Mejoramiento de Barrios como los dos miembros de la Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José, en un acto viciado plenamente de nulidad y atropellando todos los derechos de los regidores y de cualquier munícipe de postularse como miembro de ese órgano que administra más de 1500 millones de colones.

Relataré las actuaciones irregulares con relación  al nombramiento del señor Victorino Venegas Sibaja ex Jefe de Mejoramiento de Barrios y a Jetty Picado Morales también funcionaria de Mejoramiento de Barrios como fueron ocurriendo de la más reciente a la anterior.

Al día de hoy no se puede mencionar cual regidor propuso la moción porque la moción extrañamente se desapareció y desde el miércoles de la semana ante pasada hasta el día de hoy no ha aparecido en las oficinas respectivas en el Concejo Municipal de San José.

Es extraño que hayan regidores del Partido Unidad Social Cristiana, PASE y del Movimiento Libertario que profesen una "lealtad" hacía el señor Venegas Sibaja a pesar de que en Mejoramiento de Barrios es donde están la mayoría de personas que participaron en las asambleas distritales del Partido Liberación Nacional o que son actuales Delegados del PLN y el señor Venegas fue participante de la Asamblea Cantonal del PLN. Digo es interesante porque ningún regidor se ha pronunciado ni cuestionan la decisión de la Alcaldía de separar del puesto a Victorino, pero sí buscan premiarle integrándolo en un órgano que administra más de 1500 millones de colones.

La moción la presentaron el mismo día de la sesión, sin conocimiento previo por parte de los Regidores, la leyó Sonia Zamora Bolaños y luego de leída nadie sabe donde está.

La moción no seguia ningún tipo de procedimiento, no tenía fundamento en el artículo 10 del Reglamento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José vigente, que es el que regula este tipo de elecciones.

Es lamentable que el Concejo Municipal de San José, ya no solamente caminé sin rumbo sino realizando votaciones ilegales con la coordinación del Partido Liberación Nacional y con el séquito de partidos el Partido Unidad Social Cristiana, Accesibilidad sin Exclusión y el Movimiento Libertario.

A continuación la intervención en el Acta de la Sesión Ordinaria celebrada por la Corporación Municipal del Cantón Central de San José, en el Salón de Sesiones del edificio Tomás López de El Corral a las diecisiete horas del día treinta de Julio de dos mil trece:

REGIDOR HERNÁNDEZ VÁSQUEZ:
“Gracias señora Presidenta. Lamentable, lamentable su actuación señora Presidenta y  óigame este es el último abuso que usted le hace a este Regidor, porque en los tribunales nos veremos señora Presidenta, en los tribunales nos vamos a ver, primero me parece una  votación atropellada y una forma atropellada característico de su forma y característico de su Presidencia, agarrar, tratar de meter las cosas por Trámite Urgente primero, luego someterla a votación por la dispensa e inmediatamente correr el fondo para que no haya discusión de ningún tipo, no se haga ningún señalamiento, característico de su Presidencia, han sido muchos los incumplimientos que usted ha hecho y muchas las violaciones a los derechos de los Regidores, esta es la última que le hace a este Regidor, el Artículo 10 del Reglamento del Comité Cantonal de Deportes, el reglamento vigente dice: “De los cinco integrantes dos serán de nombramiento directo del Concejo Municipal, que serán escogidos mediante votación secreta”, pregunto ¿esto es votación secreta?, ¿esta moción es votación secreta?, no, efectivamente dice en forma nominal, ¿qué es en forma nominal? Que tiene que ir un nombre y otro nombre, no pueden ir los dos nombres en una sola lista, en forma nominal, uno por uno, eso es forma nominal. El reglamento nos establece un procedimiento primero votación secreta, segundo en forma nominal, en el Capítulo de Trámite Urgente eso lo estamos cumpliendo, y lo último e importante en la sesión inmediata posterior a que se venza su nombramiento eso es lo que nos rige ahorita.  En un régimen democrático se respetan los reglamentos, porque esos reglamentos garantizan la participación de toda la gente, estos reglamentos garantizan que venga cualquier vecino de San José a participar del nombramiento que efectúa el Concejo Municipal, este acuerdo que están tomando es nulo, yo le señalo la nulidad del acuerdo con fundamento en el Artículo 10 del Reglamento del Comité Cantonal de Deportes vigente, debo señalar acá la nulidad, y pido que se proceda a la votación nominal por el fondo, porque señalada la nulidad corren las responsabilidades para los Regidores que voten un acuerdo ya señalado nulo, yo le señalo que el acuerdo nulo con fundamento en el Artículo 10 del Reglamento de Orden y Debates, nosotros ya tenemos una regulación si queremos agarrar y cambiar las regulaciones cambiemos las regulaciones y cambiemos la forma de nombramiento, pero si no y si tenemos un reglamento vigente, si tenemos una forma que nos va a regular el nombramiento, tenemos que seguir esas formas, tenemos que seguir esos plazos, tenemos que hacerlo en votación secreta así que pido votación nominal para el fondo de esto gracias”

Después de aproximadamente una hora de recesos la Presidencia del Concejo Municipal acepto la nulidad y cerro la sesión.

EDIFICIO DEL CONCEJO DE DISTRITO DEL CARMEN

San José,  30 de julio de 2013

Señoras y señores
Concejo Municipal
Cantón Central de San José
Presente


Señoras y señores:


Con todo respeto y consideración, en los siguientes párrafos, hago referencia a la moción presentada el pasado martes ante el Concejo Municipal que conformamos. La misma se presentó  mediante trámite urgente  y sin haberse dado a conocer con antelación a todas las personas miembros del Concejo Municipal; y llevaba el fin de nombrar la Junta Administradora del Edificio Multiuso del Distrito El Carmen. Entre las personas que se nombraban, se encuentran algunos miembros del Consejo de Distrito y a el Sr. Alfredo Fallas, regidor suplente del Concejo Municipal por el partido Liberación Nacional.

Ante esta moción, procedo a presentar mi protesta enérgica, por los motivos que a continuación expongo:

1-    Esa moción es a todas luces, excluyente,  ya que no toma en cuenta a la concejal del distrito y representante del Partido Acción Ciudadana Sra. Marité Valenzuela Hernandez y otros miembros del Concejo De Distrito con fundamento en la resolución 0244-E11-2011.- TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. de las ocho horas del once de enero de dos mil once, como debería haberse dado,  violando así el principio democrático de representatividad consagrado en nuestra Constitución Política,  a la concejal en las  actividades del Concejo de Distrito.  Este principio ha sido ampliamente discutido y lo podemos encontrar en la Sentencia: 990-92, de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia;  que en lo que nos atañe indica: Destaca el principio democrático, que en el contexto de un cuerpo fundamentalmente político y deliberante significa, también, la protección de los derechos de las minorías como criterio rector para evitar los abusos o la dictadura de las mayorías.  Sin perjuicio del respeto que las decisiones de la mayoría debe merecer, las minorías tienen el derecho de hacerse oír y de participar con su voto en la toma de decisiones, particularmente en aquellos actos que por su trascendencia hacen a la esencia y razón de ser del régimen representativo.   (el subrayado, cursiva y negrita no son del original).  En dicha sentencia resalta también lo siguiente:  El respeto a la minoría es un principio fundamental de nuestro ordenamiento constitucional, que proviene del concepto mismo de "democracia", entendiendo que la nuestra se basa sobre un continuo contraste de opiniones organizadas que concreta el principio "gobierno de la mayoría con participación de la minoría, dentro de un régimen de libertad e igualdad". (el subrayado, cursiva y negrita no son del Original). 

2-      De la Sentencia 9197-06 se extrae lo siguiente  “El principio democrático tiene una triple connotación constitucional: en primer lugar, como característica esencial de nuestro Estado Social y Democrático de Derecho, que implica, una especial forma de elección de nuestros gobernantes, que se traduce en el sistema de democracia representativa, participativa y pluralista, como el ejercicio indirecto del Poder a través de los diversos puestos de elección popular; en segundo lugar, como fuente o parámetro de interpretación, en tanto se constituye en la fuente y norte del régimen jurídico, al permear todo el ordenamiento y formas jurídicas, de modo que se impone como principio rector en la organización política del Estado y de todas las formas de organización colectiva (como sucede con la integración de los órganos colegiados de los entes corporativos, tanto de las municipalidades, como los colegios profesionales y corporaciones de producción) y, la representatividad en su instrumento pragmático de realización; y en tercer lugar, como verdadero derecho, y en esa condición, justiciable ante instancias administrativas y jurisdiccionales” Se cita el principio democrático.  (el subrayado, cursiva y negrita no son del Original).    

3-      La moción presentada se contradice en sí misma  y con lo subrayado en las sentencias de la Sala Constitucional,   ya que en el párrafo segundo, indica: “…SEGUNDO:  Que siendo este Edificio patrimonio Municipal, el Concejo Municipal de la Municipalidad de San José, debe velar por que se de un buen uso a estas instalaciones municipales y que además se garantice una participación ciudadana, dando espacio a todas las organizaciones formales y de hecho del Distrito El Carmen”. (el subrayado y cursiva no son del original).   

4-      También se contradice la citada moción en el considerando tercero el cual dice: TERCERO: Que en virtud de lo anterior, es de vital importancia, para garantizar un manejo transparente equitativo y eficaz de dicho edificio, la creación de una Junta Administradora del Edificio Multiuso del Distrito El Carmen, nombrada por este Honorable Concejo Municipal”.   (el subrayado y cursiva no son del original).  Y decimos que se contradice,  porque no puede haber equidad en una Junta Administradora que es nombrada solo con representantes del Partido Liberación Nacional.

5-      Es de mencionar también que el nombramiento del Sr. Alfredo Fallas,  regidor suplente del Partido Liberación Nacional, no es recomendable, ya que el mismo tiene sus funciones como regidor y no es miembro del Concejo de Distrito.    Decisiones como esta, socavan la transparencia en la gestión pública y debilitan la participación democrática a que tienen derecho todos los representantes electos popularmente como miembros del Consejo de Distrito.

6-      Por otra parte el desconocimiento de la moción por parte de algunos miembros del Concejo Municipal de San José, solo viene a demostrar una vez más,  la práctica tendenciosa de no hacer del conocimiento de los demás miembros del Concejo Municipal de San José,  las mociones que se presentan a discusión sin el debido estudio por parte nuestra o de nuestros asesores, hecho que contraviene el artículo 75 del Reglamento Interior de Orden y Debates del Concejo Municipal de San José.

Ante lo citado,  presento mi protesta respetuosa pero vehemente y solicito reconsiderar el nombramiento de estas personas como administradoras del Salón Multiuso del Distrito El Carmen,  y se proceda a integrar solo a las personas miembros del Concejo de Distrito como en derecho corresponde.


Atentamente,



Daguer A. Hernández Vázquez
Regidor
Fracción Acción Ciudadana
Concejo Municipal, Cantón Central de San José


c. Lic. Israel Barrantes,   Auditor Municipalidad de San José.

    

El Parque La Libertad

El Parque La Libertad, es un  espacio público que como todos saben fue recuperado de las invasiones; se le hizo una inversión en el periodo constitucional que integraba el Concejo Municipal pasado 2006-2010 haciéndole senderos y colocándole postes de luz. 

Desde el año pasado la Alcaldía y este Concejo Municipal ha tenido el interés y la propuesta por mejorarlo por ello para este año se presupuestaron 50 millones de colones para su inversión. 

Pero la semana que paso se hizo un gran movimiento de tierras que provoco la molestia de los vecinos quienes contactaron a la compañera Patricia Campos Hidalgo y al Síndico William Abarca para que se buscará una forma de solucionar el desorden que se había provocado en el Parque

La semana pasada enviamos una protesta esta semana esperamos las acciones para revertir lo sucedido en el Parque la Libertad de Pavas.
HACE UN AÑO


EL 29 DE JULIO DEL 2013