sábado, 11 de marzo de 2017

Mercaderes del Templo

Mi padre quien era feligrés de la congregación me cuenta que el pastor les decía “_Que iban a trasladar el servicio que daban en Templo Bíblico para otro lugar, mucho mejor_” y de la misma forma indicaban que en el Templo Bíblico ubicado en San José, continuarían dando consejería, atención a indigentes y otros servicios de los que puede ofrecer una iglesia cuando quiere emular los evangelios.

Mientras sucedía esto, se transaba lícitamente una venta por el precio de tres millones doscientos mil dólares registrados, donde la Asociación de Iglesias Bíblicas Costarricenses vendía el Templo Bíblico a una sociedad comercial, con el fin de transformarlo posiblemente en un puesto de venta o mercado.

Ya en algunos artículos de opinión, se ha escrito sobre el valor que tiene para la ciudad la arquitectura del Templo Bíblico y lo que representa para la historia de la iglesia evangélica. Según el historiador y arquitecto Andrés Fernández, se celebró la ceremonia para la colocación de la primera piedra, el 6 de mayo de 1928, la obra estuvo a cargo del arquitecto costarricense José María Barrantes Monge, quien también hizo infraestructuras de la época tales como: la Escuela Juan Rafael Mora en el Paseo Colón, la Iglesia Santa Teresita del Niño Jesús, la Iglesia de Desamparados, el Aeropuerto de La Sabana (actual Museo de Arte Costarricense), la Iglesia La Dolorosa, entre muchas otras obras de este reconocido arquitecto, de quien lleva el nombre el Premio Nacional de Arquitectura.

El templo comenzó sus labores de servicio el 03 de enero de 1930 y lo fue hasta que lo vendieron con el silencio cómplice de los pastores y artimañas para distraer a los fieles. Así se inició el proceso de desmantelamiento a vista y paciencia de los inspectores municipales.

Los transeúntes que caminamos por la avenida 4 en la intersección con la calle 6, nos extrañamos y frustramos al ver otro edificio histórico de la ciudad de San José, en proceso de desintegración a causa de la despreocupación. De qué sirve cambiar los lemas y distintivos de la ciudad de San José, cuando no se le da importancia a su historia, ni a su memoria.   

Podría resultar que el Templo vendido quede eliminado de nuestra historia, como lo fue la Biblioteca Nacional transformada en parqueo, el Obelisco del Paseo Colón desaparecido o el Palacio Municipal y casas de expresidentes. Hemos visto como a través del tiempo se va disipando la historia de nuestra ciudad, perdiendo su identidad por el menosprecio a nuestras raíces y nuestros valores.

En noviembre de 2016 el regidor Gustavo Martín Fernández presentó una moción al Concejo Municipal de San José, para apoyar los trámites de declaratoria de interés patrimonial e histórico al edificio del Templo Bíblico, ante la oficina del Ministerio de Cultura y hoy sigue en la lista de mociones pendientes del Concejo Municipal, mientras avanza la desaparición de un Hito Arquitectónico de la ciudad de San José.

lunes, 7 de marzo de 2016

NULIDAD EN NOMBRAMIENTO DE JUNTA DIRECTIVA DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE SAN JOSÉ

(Heiner Ugalde, Johnny Araya, Danis Castillo y Juan Carlos Gutiérrez)

El artículo 168 del Código Municipal establece que: Los miembros de cada comité durarán en sus cargos dos años, podrán ser reelegidos y no devengarán dietas ni remuneración alguna”.

El artículo 13 del REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE SAN JOSÉ establece “Artículo 13.-Los miembros de la Junta Directiva, durarán en sus cargos dos años, podrán ser reelectos por un solo período adicional consecutivo y no devengarán dietas ni remuneración alguna, por su servicio voluntario a favor del desarrollo del deporte y la recreación”.

La Procuraduría General de la República dice “Con fundamento en lo expuesto, es criterio no vinculante de la Procuraduría General de la República que el plazo de nombramiento de los miembros del Comité Cantonal de Deportes y Recreación está establecido en la Ley por dos años, constituyendo esto un elemento reglado del acto de nombramiento, y por ende, no disponible por la Administración. Por lo tanto, si el período de nombramiento se fijó en un plazo menor, ello constituye un error en el contenido del acto, debiéndose aplicar necesariamente el dispuesto por la Ley Nº 7794 –dos años–“(O.J.- 164-2001; 12 de noviembre del 2001).

La Junta Directiva actual y vigente fue nombrada mediante Sesión de fecha 10 de junio de 2014, según acuerdo 1, Articulo IV, de Sesión Ordinaria 215 y ratificada mediante aprobación de acta en sesión ordinaria 216 de fecha 17 de junio de 2014. Dicha Junta Directiva fue instalada en Sesión Ordinaria del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de San José número 001-2014-2016, de fecha 24 de junio de 2014.

Por lo tanto le faltan tres meses para que el Concejo Municipal pueda nuevamente hacer el nombramiento.

Los regidores del Concejo Municipal el martes 07 de marzo del 2015 por una votación conformada de 10 regidores de 11;  acuerdan nombrar una nueva Junta Directiva integrada por Heiner Ugalde; Danis Castillo y Juan Carlos Cordero (En el mismo orden en la fotografía).


miércoles, 25 de febrero de 2015

Concejo Municipal ¿contra la libertad?

Festival de Derechos Humanos, San José, 2011
Un grupo de música se pone a tocar en el centro de San José. Posteriormente se produce una llamada anónima a la Policía Municipal de un ciudadano que indica: “_escándalos y molestias a los vecinos en el bulevar, porque hay unos jóvenes tocando música_”.

Ante la llamada se envía a la policía municipal, se les solicita permiso e indican que no tienen.

Mientras sucede esto hay una o varias personas grabando un video (de muy buena calidad) que se aprecia en la página de Youtube donde cantaban: “Buscamos lavar el alma, buscamos la libertad, buscamos lavar el alma, para vivir en paz” entre otras cosas.

Inmediatamente salió publicado en redes sociales por medios de prensa digitales y comenzó la noticia.

Una noticia tan alarmante como “Concejo Municipal prohíbe presentaciones culturales en San José”; o  Por orden del Concejo; Policía Municipal no permite tocar y cantar a tres jóvenes en la Avenida Central”, no se puede dejar pasar.  

El video en Youtube ya lleva 17000 reproducciones, no es raro que llegue a muchas más; mientras la gente se alarma ante tal disposición digna de regímenes autoritarios, totalitarios o fascistas que reprimen todo tipo de expresión artística en búsqueda de aplacar la libertad espiritual del ser humano y limitan la posibilidad de creer en Dios para fortalecer el Estado.  
Las afirmación anteriores serán parte de la lectura del Acta del Concejo Municipal de San José para la próxima semana.

El Concejo Municipal nunca ha tomado una disposición limitante contra la libre expresión cultural, artística, intelectual, reivindicativa de derechos,  entre muchas otras; más bien hasta ha promovido actividades de las más diversas índoles y visiones, hemos autorizado la realización de la Marcha de la Diversidad en los meses de junio, la lectura de la Biblia en espacios públicos en los meses de setiembre; y así muchos ejemplos.

Lo que se regula es el uso del espacio público para actividades lucrativas, en virtud de que deben ordenarse para un mejor aprovechamiento entre todos los ciudadanos que transitan por los bulevares, paseos y parques.

Solo hemos aprobado una moción de regulación del espacio público en el año 2011, que indicaba que los permisos de uso del espacio público deberían ser otorgados por el Concejo, porque somos la autoridad de mayor representación en la Municipalidad. El acuerdo lo incumplió el señor Johnny Araya Monge durante toda su gestión. Y fue hasta la gestión de Sandra García hace aproximadamente dos años, que se hizo cumplir el acuerdo y el otorgamiento de permisos en el espacio público pasó a manos del Concejo Municipal de San José.

A partir de las noticias sacadas hace 48 horas se comenzó a hacer aseveraciones incorrectas sobre el uso del espacio público de la ciudad de San José, afirmaciones no solo incorrectas e infundadas sino posiblemente provechosas para algunos.  

martes, 9 de diciembre de 2014

Proyecto de Reglamento de la Comisión de Accesibilidad (COMAD) de la Municipalidad de San José


Para su conocimiento y estudio las personas que quieran realizar podrán hacer sus observaciones por escrito ante la Secretaría del Concejo Municipal de San José, sita en el edificio municipal Tomás López del Corral Av 14; calles 9 y 11. 


Comisión de Jurídicos 
No. 125-CAJ-2014
3 de noviembre de 2014


La Comisión de Asuntos Jurídicos en ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere el Art. 170 de la Constitución Política, Art. 13  Inciso a) y 44 y 49  del Código Municipal y el Art. 57. 58 inciso 5.5 6.7 y siguientes del Reglamento Interior de Orden, Dirección y Debates del Concejo Municipal de la Municipalidad de San José,  y con los siguientes considerandos emite el  siguiente dictamen No. 125-CAJ-2014.



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ASUNTO: Moción presentada en esta comisión por el Señor Regidor Daguer Hernandez Vásquez con el fin de aprobar el Proyecto de Reglamento de la Comisión de Accesibilidad del Concejo Municipal de San José.
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RESULTANDO:

La Comisión Municipal de Accesibilidad COMAD, de la Municipalidad de San José se permite presentar a la consideración del Concejo Municipal el presente reglamento, que pretende regular el funcionamiento de la COMAD y su vinculación con el gobierno local, de conformidad con la ley 8822, publicada en la Gaceta del 8 de junio de 2010, que modifica el Código Municipal según los siguientes artículos:

"Artículo 1º-Adiciónase al artículo 13 del Código Municipal, Ley Nº 7794, de 30 de abril de 1998, un nuevo inciso h); además, se corre la numeración de los incisos subsiguientes. El texto dirá: "Artículo 13- Nombrar directamente y por mayoría absoluta a los miembros de la Comisión Municipal de Accesibilidad (Comad), quienes podrán ser removidos por el concejo, por justa causa. La Comad será la encargada de velar por que en el cantón se cumpla la Ley Nº 7600, Igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, de 2 de mayo de 1996; para cumplir su cometido trabajará en coordinación con el Concejo Nacional de Rehabilitación y Educación Especial (CNREE) y funcionará al amparo de este Código y del reglamento que deberá dictarle el concejo municipal, ante el cual la Comad deberá rendir cuentas.
Artículo 2º-Refórmase el párrafo segundo del artículo 49 del Código Municipal, Ley Nº 7794, de 30 de abril de 1998. El texto dirá: Cada concejo integrará como mínimo ocho comisiones permanentes: Hacienda y Presupuesto, Obras Públicas, Asuntos Sociales, Gobierno y Administración, Asuntos Jurídicos, Asuntos Ambientales, Asuntos Culturales, Condición de la Mujer y de Accesibilidad (Comad). Al integrarlas, se procurará que participen en ellas todos los partidos políticos representados en el concejo".


CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que la Ley Nº 7600: de Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad en Costa Rica declara de interés público el desarrollo integral de la población con discapacidad, en iguales condiciones de calidad, oportunidad, derechos y deberes que el resto de los habitantes.

SEGUNDO: Que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

TERCERO: Que la discriminación contra cualquier persona por razón de su discapacidad constituye una vulneración de la dignidad y el valor inherentes del ser humano.

CUARTO: Que de conformidad con la ley 7600, de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, y la ley 8661, Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, se establece, que es obligación de las entidades públicas definir y aplicar medidas políticas, jurídicas, administrativas y presupuestarias, necesarias para garantizar condiciones de igualdad y no discriminación a las personas con discapacidad.

QUINTO: Que de conformidad con el inciso h), del artículo 4 del Código Municipal, es responsabilidad de este gobierno local la promoción del desarrollo local participativo e inclusivo, tomando en cuenta la diversidad de las necesidades y los intereses de la población.

SEXTO: Que pese a los esfuerzos emprendidos por este gobierno local, en materia de accesibilidad, las personas con discapacidad siguen encontrando barreras para participar en igualdad de condiciones con las demás en la vida social, en detrimento del disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales.

SETIMO: Que según la ley 8661 es responsabilidad de todas las instituciones del Estado, incluidos los gobiernos locales:
▪ El reconocimiento y protección de derechos de las personas con discapacidad.
▪ La eliminación de la discriminación.
▪ El desarrollo de bienes y servicios con diseño universal.
▪ Generar y facilitar información y comunicación accesibles.
▪ Desarrollar acciones de sensibilización a la sociedad.
▪ La aplicación de normas mínimas y directrices de accesibilidad.
▪ Facilitar la movilidad de las personas con discapacidad.

OCTAVO: La importancia de incorporar los principios orientadores; establecidos en la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad como lo son:
▪ La no discriminación.
▪ La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad.
▪ El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humana.
▪ La igualdad de oportunidades.
▪ La accesibilidad.
▪ La igualdad entre el hombre y la mujer.
▪ El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.
▪ En los planes municipales tendientes a lograr el desarrollo del municipio.

POR TANTO

A  la luz del dictamen 125-CAJ-2014 de la Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal de San José,  el Honorable Concejo Municipal de San José acuerda:

PRIMERO: Promulgar el siguiente Proyecto de Reglamento de la Comisión de Accesibilidad (COMAD) de la Municipalidad de San José, la cual se regirá por las siguientes disposiciones:

Proyecto de Reglamento
Comisión de Accesibilidad (COMAD) de la Municipalidad de San José

Artículo 1º- La Comisión Municipal de Accesibilidad y Discapacidad -COMAD- es una instancia generadora de propuestas, de políticas, planes, proyectos, acciones y estrategias, relacionadas con el proceso de equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad, las cuales deben someterse a la aprobación del Concejo Municipal y ser ejecutadas por parte de la administración, por medio de las diferentes dependencias municipales según sus competencias, y en coordinación con otras entidades públicas y privadas presentes en el cantón.

Artículo 2º- Son funciones de la COMAD:
a) Promover y contribuir con la organización y ejecución de diagnósticos relativos a las necesidades de las personas con discapacidad, a las condiciones de accesibilidad de los diferentes servicios públicos presentes en el cantón, y otros que sean necesarios para la correcta y oportuna atención de la población con discapacidad por parte de la municipalidad.
b) Resolver o emitir criterio sobre los asuntos que le sean trasladados desde el concejo o la administración.
c) Presentar al Concejo Municipal propuestas de políticas, planes, proyectos y acciones tendientes a impulsar y desarrollar el proceso de equiparación de oportunidades en el cantón.
d) Promover la evaluación de las políticas y planes municipales en discapacidad y accesibilidad, y participar activamente en este proceso.
e) Proponer y verificar la incorporación de contenido presupuestario en el plan presupuesto anual de la municipalidad con el propósito de aplicar y ejecutar la ley 7600 y otras normas de protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad.
f) Promover la participación de las personas con discapacidad y/o sus familiares en los diferentes procesos: diagnóstico, planificación, evaluación, control ciudadano, verificación, otros.
g) Promover la dotación de servicios de apoyo y ayudas técnicas por parte del gobierno local a las personas que los requieran.
h) Promover la articulación de esfuerzos de la municipalidad con otras entidades públicas y privadas, responsables de garantizar la accesibilidad en el cantón.
i) Servir de enlace entre los niveles político, administrativo y comunitario para la formulación, ejecución y evaluación de políticas en materia de accesibilidad y discapacidad.
j) Promover la incorporación de la perspectiva de la discapacidad y la accesibilidad en reglamentos, procedimientos, políticas, planes, programas, proyectos y servicios municipales.
k) Participar en experiencias de redes locales, provinciales o nacionales que permitan realimentar y fortalecer la gestión de la COMAD.
l) Colaborar con el Concejo y la Administración en la organización de consultas a las organizaciones de personas con discapacidad en asuntos que competen a esta población.
m) Dar seguimiento a los acuerdos aprobados por el Concejo Municipal para verificar el cumplimiento de la Ley 7600 y la Convención 8661.
n) Fiscalizar y promover que se garantice la accesibilidad en espacios donde se realicen actividades culturales, deportivas o recreativas, políticas entre otras.
o) Promover que la Administración organice charlas, talleres a los Concejos de Distritos, Asociaciones de Desarrollo, Concejo Municipal sobre el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad.
p) Promover mediante acuerdos la celebración de fechas importantes por parte de la municipalidad: "Día nacional de las personas con discapacidad", "Semana de los derechos de las personas con discapacidad"; "Día Internacional de las personas con discapacidad".
q) Propiciar que la municipalidad incorpore en sus Planes anuales operativos las políticas que a nivel nacional se dicten para cumplimiento de la ley 7600 y Convención internacional de los derechos de las personas con discapacidad y darle seguimiento a estos.

Artículo 3º- Para la integración de los regidores y regidoras en la COMAD se procurará la mayor participación de las fracciones políticas representadas en el Concejo Municipal, así mismo podrán participar representantes de la administración y de la sociedad civil en calidad de asesores y asesoras.

Artículo 4º- Las personas que se integren a la COMAD en calidad de asesoras, serán acordadas por la comisión y  tendrán voz pero sin voto.
Artículo 5º- La COMAD de reunirá ordinariamente dos vez al mes y extraordinariamente las veces que sea necesario, en virtud de los asuntos que le sean trasladados desde el Concejo o la administración, o bien de la programación y ejecución de sus actividades propias.

Artículo 6º- Es obligación de las y los integrantes, designados/ as por el concejo, participar puntualmente en todas las reuniones que se programen y asumir las tareas que le sean asignadas al interior de la COMAD.

Artículo 7º- Los acuerdos se tomarán por simple mayoría entre los regidores miembros de la comisión.

Artículo 8º- La COMAD se encargará de velar por el cumplimiento de la ley y coordinar los espacios destinados a personas con discapacidad en los diferentes eventos municipales (Festival de la Luz, Tope, Festivales Culturales, etc) así como en todo evento  que le sea trasladado desde el Concejo o la administración. Deberá hacer las recomendaciones que crea conveniente para la mejor utilización del espacio en cumplimiento del fin público establecida en la Ley 7600 y la Convención 8661;

Artículo 9º- La COMAD despachará los asuntos a su cargo y rendirá el dictamen correspondiente al concejo Municipal, en un plazo de un mes, a partir de la fecha en que fueron recibidos los asuntos trasladados. Si por la naturaleza del asunto se imposibilita rendir informe en tal plazo, la COMAD justificará ante la presidencia los motivos del atraso.

Artículo 10.-La municipalidad dispondrá un blog en su página web para información relacionada con la labor de la COMAD, avances del proceso de equiparación de oportunidades, y recepción de inquietudes de parte de la ciudadanía, relacionadas con las condiciones de accesibilidad de las comunidades y los servicios públicos, el quehacer de la COMAD y las responsabilidades municipales en materia de accesibilidad.

Artículo 11.- La COMAD podrá sesionar en la sala de sesiones del Concejo Municipal, y en otros espacios dispuestos para tal fin, en el horario y fechas que se disponga en el seno de esta comisión. De igual manera podrá hacer uso de los equipos tecnológicos con que cuenta dicha instalación municipal, siempre y cuando éstos se encuentren disponibles.

Artículo 12.- La COMAD solicitará por medio del concejo, que la administración presente informes de rendición de cuentas al concejo y la ciudadanía sobre la ejecución de la política y plan municipal de accesibilidad, la asignación presupuestaria para el periodo siguiente, así como el cumplimento de otras disposiciones establecidas en la normativa vigente sobre este particular.

Artículo 14.- Las anteriores disposiciones reglamentarias rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

SEGUNDO: Con base en lo estipulado por el artículo 43 del Código Municipal, se ordena al departamento de Comunicaciones la Publicación de la Municipalidad de San José la Publicación por Primera Vez en el Diario Oficial la Gaceta de este PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ACCESIBILIDAD, DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSÉ, para someterlo a consulta pública no vinculante por un plazo de diez días hábiles a partir de su publicación, transcurridos los cuales el Concejo se pronunciará sobre el fondo de la propuesta.

Los interesados podrán hacer sus observaciones por escrito ante la Secretaría del Concejo Municipal de San José, sita en el edificio municipal Tomás López del Corral Av 14; calles 9 y 11. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
   

Reg. Daguer Hernández Vásquez                                     Reg. Luis Murillo Cruz
  

Reg. Eugenia Bermúdez Salguero                            
  
                   

martes, 25 de noviembre de 2014

Reforma Integral al Reglamento de Transportes de la Municipalidad de San José

El día de hoy lunes 24 de noviembre por recomendación de la Sección de Transportes y de la  Comisión de Asuntos Jurídicos, el Concejo Municipal de San José aprobó la reforma integral al Reglamento  para el uso, control y mantenimiento de vehículos de la Municipalidad de San José.

Es importante indicar que dentro de las principales reformas en este nuevo reglamento está la reiteración de la Prohibición de Uso de Vehículos Discrecionales para cualquier funcionario municipal incluido el Alcalde o Alcaldesa (el anterior alcalde era usuario frecuente de su vehículo de uso discrecional). En ese sentido regulamos el uso de vehículos municipales por parte de la Alcaldesa, Vicealcaldes, Presidencia y Vicepresidencia bajo los parámetros de vehículos municipales con restricciones y obligaciones. 

Por otro lado hemos promovido la instalación obligatoria en todos los vehículos municipales de dispositivos de posicionamiento satelital (GPS) o  otro tipo dispositivo electrónico para el control de nuestra flotilla, de 150 vehículos aproximadamente; y que podrán visualizarse desde el centro de Monitoreo Institucional de la Dirección de Seguridad y Policía Municipal. Esto por medio del capítulo VI del Reglamento, cuyo transitorio indica que debe de estar ejecutado a diciembre del 2015.

Por último la votación con la que contó este dictamen el No. 091-CAJ-2014, de la Comisión de Asuntos Jurídicos, fue de los regidores de la Alianza Multipartidista Maria Eugenia Rivera Araya (PASE), Luis Murillo Cruz (PLN), Flor Zamora Bolaños (PASE), Olger Lawson Marchena (PML), Eugenia Bermudez Salguero y Daguer Hernández Vásquez (ambos del PAC), para esta votación se sumo Alexander Cano Castro (PLN); votaron en contra los regidores Douglas Altamirano de la Unidad Social Cristiana, Sonia Zamora Bolaños, Patricia Marín Gómez y Reina Acevedo Acevedo del partido Liberación Nacional. Quedo 7 votos a favor, y 4 votos en contra.

Estamos haciendo de San José una ciudad más transparente y con mejor uso de los recursos públicos.




miércoles, 1 de octubre de 2014

Un Polideportivo para el Distrito Merced

En todo el Cantón Central de San José, como reflejo de una metrópoli moderna y en auge, se deberían reflejar los 9 metros cuadrados de parque, previstos por los estándares internacionales de área verde por habitante, según la Organización Mundial de la Salud.  Nos referimos a los espacios recreativos, incluidos parques, juegos infantiles, canchas y un espacio más grande como un polideportivo que integre todos los anteriores y mayores propuestas como gimnasio, salones comunales, baños y servicios sanitarios.


El distrito Merced,  siendo uno de los distritos históricos que componen el casco central; tuvo un desarrollo barrial que se multiplicó en los años 1910-1940 cuando comenzaron a nacer los barrios en los suburbios de lo que era el centro de la ciudad de San José. “El lugar se había empezado a formar después del año diez del siglo pasado, en lo que eran, por supuesto, potreros y cafetales propiedad de varias personas quienes decidieron juntarlos para formar un cuadrante, que se fue loteando tras el terremoto de Cartago que hizo huir a tantas personas del Valle del Guarco y aun del centro capitalino, más denso y poblado; y tras la afluencia de herencia los primeros y humildes pobladores, ya para 1923 estaba consolidado el asentamiento, por lo que se le nombró México en honor de aquel país hermano y por municipal decreto, más la complacencia vecinal, desde luego, que propuso el nombre al Cabildo por medio de su Junta Patriótica Progresista” (Fernández, 2006:20,21).

En esa formación como todos los barrios que rodean la capital, sus espacios verdes fueron disminuyendo para dar paso a casas y cemento. Sin incluir dentro de esa construcción los espacios de recreación.

Es por eso que desde el barrio Lomas de Ocloro al Sur de la Ciudad hasta el antiguo Barrio la Peni al Norte; y desde barrio Escalante al Este hasta barrio México y Rohrmoser al Oeste; lo que tenemos en la ciudad son plazas y plazoletas que rememoran a próceres latinoamericanos, expresidentes, países hermanos y héroes nacionales; parques que siguiendo el cuadrante español se encuentran frente a las Iglesias Católicas; pero ninguno tiene la posibilidad para que dentro de su territorialidad pueda constituirse un espacio deportivo mayor como un polideportivo; con la excepción del Polideportivo de Aranjuez creado como tal en 1979 en un lote que colinda al sureste con el Parque zoológico y jardín botánico nacional Simón Bolívar creado en 1921 y al norte con el rio Torres; parte de la recuperación del margen del rio. En el mismo sentido hay que hacer la anotación de que la Sabana era aeropuerto y está en Mata Redonda; y el Parque de la Paz una finca de Café hasta 1989 y se ubica en San Sebastián. Y por último en la década pasada fue inagurado el Parque del Sur, en Barrio Cuba que se hizo con aporte de la comunidad, municipalidad y apoyo financiero del gobierno holandés en ese espacio funciona el Aula Ambiental y los corredores biológicos de la Municipaldad de San José.

Para las décadas posteriores a la revolución de 1948, y con el nacimiento del INVU se comenzaron a remozar las ideas urbanizadoras con planificación; por eso se proyectó en los Hatillos desde su construcción el resguardo de un espacio de miles de metros cuadrados para área comunal; que es donde hoy está el Centro de Reciclaje, el Ebais, la Biblioteca Pública, un lote del INVU, el Liceo Roberto Brenes Mesen, el Parque Jerusalén y la Ciudad Deportiva; parecido sucedió con San Francisco de Dos Ríos, que a pesar de ser un poblado viejo;  tuvo su auge habitacional a partir de 1950 lo cual permitió una mejor planificación y la construcción de un polideportivo dentro de sus espacios de recreación.

Actualmente los terrenos que pueden destinarse a zonas recreativas en los distritos centrales son pocos. En el distrito Merced, un grupo de vecinos con brío, ánimo y coraje, le propuso al anterior Alcalde, al anterior Comité Cantonal de Deportes y al actual Concejo Municipal; la gestión con el objeto de efectuar la compra de un terreno que colinda con el Rio Torres para crear el polideportivo en el Distrito Merced. La iniciativa para la compra la acogió el Comité Cantonal de Deportes anterior, quien gestionó un préstamo bancario. Mismo que quedó sin efecto en el mes de octubre del 2013. A pesar de lo anterior y ante el desconocimiento del cierre de la gestión bancaria; los vecinos siguieron trabajando con el fin de que el Concejo Municipal de San José solucionará una serie de defectos que se dio en su tramitación. Fue hasta el martes 29 de julio 2014 que me enteré que ya las gestiones bancarías y todo el proceso que habían desarrollado los vecinos arduamente durante muchos años se vio truncado y así se los comunique el día siguiente 30 de julio en una actividad de Rendición de Cuentas.

Estos vecinos de forma perseverante han acudido a muchas instancias, con el fin de que pueda concretarse un espacio que no fue planificado como tal; pero que efectivamente deben construirse en nuestra ciudad, por viejos o jóvenes que sean los barrios. Actualmente el Municipio Josefino tiene poca posibilidad económica de sufragar un gasto aproximado a los 300 millones de colones para la compra de un terreno; adicionalmente el Comité Cantonal de Deportes de San José está apenas saliendo con los gastos ordinarios. Por eso si alguna partida presupuestaría nacional puede colaborar con la intensa lucha que realizan los vecinos sería reconstituyente; pero que ésta no solo sea para compra de un terreno sino para la construcción de un polideportivo.

Es por eso que en la última reunión con el Ex presidente del Partido Acción Ciudadana, comentamos que debería ser un proyecto más integral, para que no se convirtiera en la adquisición de un terreno para lote baldío del estado.

Mi apoyo pleno desde la regiduría es para el Polideportivo del Distrito Merced, ubicado en donde mejor convenga a los intereses de toda la comunidad josefina.


miércoles, 3 de septiembre de 2014

Un convenio que suma partes en beneficio de PAVAS y no resta ninguno.

Nosotros como Concejo no podemos estar resolviendo los problemas comunales; sería mejor que las organizaciones sociales pudieran llegar a acuerdos que no impliquen egoísmos, fuera de intereses por el bien de la comunidad que representan.

En mi opinión si los problemas llegan al Concejo Municipal, es porque no se pudieron resolver comunalmente; es porque no tienen la posibilidad de lograr un consenso. Es doloroso y algunas veces incomodo tomar decisiones sobre grupos sociales y sobre la administración de espacios públicos que fueron dados en precario con el fundamento del artículo 154 de la Ley General de la Administración Pública.

Pero ante la divergencia de grupos la inteligencia del Concejo es seguir la regla de salomón y tratar desde el órgano colegiado que se llegue a compartir el espacio con base en el dialogo y el respeto que les impone nuestra autoridad.

Las cosas públicas no deben provocar pleitos y egoísmos, deben tener una mayor utilidad por todos los grupos sociales que integran la ciudad de San José. Ya desde el Plan de Desarrollo Municipal de la Municipalidad de San José, debidamente presentado y refrendado; se incluyó como meta del Municipio Capitalino del Eje Calidad de Vida: Programa San José Vivo y Diverso "el Fortalecimiento de dos escuelas de Música en los Barrios de Hatillo y Pavas". Que bueno habría sido que en aras del fortalecimiento comunal se llegaran a entendimientos entre la parte permisionaria del espacio público y otros entes que quieren dar servicio a la comunidad.

En el mismo sentido el cambio en la ciudad de San José inicia con escuchar a las personas, sentir su desdicha en lo más profundo y profesarles una solución a su problema hasta lograrlo.

Ayer la Alianza Multipartidista del Concejo Municipal de San José, en uso de las facultades toma un acuerdo para que la Asociación de Desarrollo Integral de Pavas y el Sistema Nacional de Educación Musical de Pavas se sienten en una mesa a proponer y pactar un acuerdo para el uso de las instalaciones dedicadas a uso comunal. No le estamos quitando a ninguna Asociación el uso de un espacio comunal; le estamos aportando a la comunidad la seguridad de que el SINEM de Pavas seguirá sirviéndoles en donde siempre lo han tenido; le estamos aportando a la comunidad la seguridad de que ADIPA les seguirá sirviendo en donde siempre ha estado. Este nuevo convenio será un convenio que suma partes en beneficio de la comunidad y que no resta ninguno.


Creo que podemos construir ese espacio humano que es más fuerte que las cosas negativas. Si hay disposición de las partes, tendremos en Pavas un espacio humano mayor integrado con música, arte y actividades comunales.